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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este martes la implementación de un nuevo régimen especial de facilidades de pago orientado a aliviar la carga financiera de los sectores productivos y sociales más vulnerables. La medida, instrumentada mediante la Resolución General 5875/2026 y publicada en el Boletín Oficial, está dirigida específicamente a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (Tramos 1 y 2) con certificado vigente, pequeños contribuyentes y diversas entidades civiles sin fines de lucro.

La normativa permite regularizar obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social —incluyendo multas y cargos accesorios— que hayan vencido hasta el 30 de junio de 2026, inclusive. Cabe destacar que la adhesión a este programa no contempla la reducción de intereses ni la liberación de sanciones vigentes. Asimismo, el organismo detalló un listado de conceptos que quedan estrictamente excluidos, tales como los anticipos y pagos a cuenta, el IVA por servicios digitales o prestados en el exterior, las cuotas de ART, el Seguro de Vida Obligatorio, los impuestos internos a los cigarrillos y las retenciones previsionales, entre otros.

Condiciones del plan, cuotas e intereses según el contribuyente

Las especificaciones financieras de los planes varían de acuerdo con la categorización del solicitante, estableciéndose en todos los casos un valor mínimo de $50.000 tanto para el pago a cuenta como para cada una de las cuotas mensuales:

  • Micro, Pequeñas Empresas, Pequeños Contribuyentes y Entidades sin Fines de Lucro: Para deudas generales (impositivas, aduaneras y de seguridad social) se otorgará un máximo de hasta 18 cuotas mensuales, requiriendo un pago a cuenta del 5% y una tasa de interés mensual fija del 2,75%. En el caso de retenciones y percepciones impositivas, el límite será de 9 cuotas con idéntico pago a cuenta e interés.

  • Medianas Empresas (Tramos 1 y 2): Para las obligaciones generales se dispondrá de un límite de 15 cuotas, con un pago a cuenta del 10% y una tasa de interés del 2,75% mensual. Para las retenciones y percepciones impositivas, el plazo máximo de financiación se reducirá a 7 cuotas, manteniendo el 10% de pago a cuenta y la misma tasa de interés.

Los contribuyentes interesados en acceder al beneficio tendrán tiempo de adherirse hasta el próximo 30 de octubre de 2026, inclusive. El trámite se gestionará digitalmente a través de la plataforma web de ARCA, ingresando al servicio "Mis Facilidades" y seleccionando la opción correspondiente a esta resolución. La consolidación formal de la deuda se hará efectiva una vez que se registre la cancelación del pago inicial obligatorio.

Finalmente, la autoridad tributaria advirtió que la caducidad del plan se producirá de pleno derecho y sin necesidad de intimación previa ante la falta de pago de dos cuotas (consecutivas o alternadas) a los 60 días corridos desde el vencimiento de la segunda, o por el incumplimiento de la última cuota al vencer el mismo plazo. De ocurrir la caducidad, ARCA quedará facultada para iniciar de inmediato las acciones judiciales de cobro mediante boletas de deuda, además de aplicar de forma automática las suspensiones correspondientes en el Sistema Informático MALVINA para quienes posean deudas de carácter aduanero.

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